DESMONTANDO TU SALARIO, ¿CONOCES TU NÓMINA?

De toda la información  que una persona asalariada debe conocer acerca de sus derechos y obligaciones que derivan de la relación laboral, conocer la estructura salarial es de las más importantes, pues en ella se contienen los datos relativos a la  retribución  que el trabajador recibe por sus servicios y la forma en que se desglosa.

 

Muchas veces solo nos interesamos por el ingreso de la nómina en la cuenta bancaria, pero esto es un error, pues tan importante es recibir el salario como comprobar que las cantidades retribuidas y su desglose se ajustan al Convenio Colectivo que rige entre las partes.

 

¿Por qué es tan importante el desglose de la nómina?  Veamos un ejemplo simplificado con datos inventados:

El Convenio Colectivo de la  construcción  establece lo siguiente:

 

  • Salario base mensual grupo profesional 1 PEON : 40h/ semanales 1000€
  • Salario base mensual grupo profesional  2 PRIMER OFICIAL: 40h/semanales 1.200 €
  • Plus de peligrosidad para el grupo profesional 2  100€ mensuales
  • Plus transporte 4€ /día si la jornada laboral empieza o finaliza entre las 8 de la tarde hasta las   6 de la mañana
  • Las dos pagas extras se prorratearán

 

Ahora imaginemos que el trabajador de esta empresa  es contratado como peón pero realiza las funciones,en la práctica, de primer oficial y recibe la siguiente nómina en la que aparecen los siguientes conceptos:

 

  • Periodo devengado del 1 al 30 de Abril de 2016
  • Grupo profesional grupo 1 ( peón)
  • Salario base 800€
  • Plus de transporte 150€
  • Gratificación voluntaria 50€

TOTAL  bruto Nómina  :1000€

 

¿ ES CORRECTA ESTA RETRIBUCIÓN?

En el ejemplo observamos que el trabajador está cobrando por un grupo profesional que no se corresponde con las funciones que, en la práctica, realiza. Pero además, aunque obviásemos este “ pequeño detalle”, sigue sin estar retribuido de forma correcta. ¿Por qué?.

 

1. El salario base para el grupo 1 es de 1000€, PERO en su nómina aparece 800€

2. Las pagas extras, cuando estén prorrateadas DEBEN especificarse bajo ese concepto en la nómina, PERO en su nómina no aparece nada.

3. Gratificación voluntaria, es una mera liberalidad del empleador.

4. La cantidad del plus de transporte es un poco desorbitada ¿no creéis?

 

Vamos a detenernos en este punto.  El plus de transporte tiene la consideración de percepción NO salarial. Por tanto no forma parte de la estructura salarial ni se tiene en cuenta, por el mismo motivo, para el cálculo del despido o para  la base de cotización  a la Seguridad Social  (a partir de la cual se calcula, entre otras cosas, el desempleo o la jubilación).

 

EN NUESTRO EJEMPLO EXISTE UNA DIFERENCIA SALARIAL  (lo que le han pagado y en concepto de qué VS lo que realmente tenían que pagarle) de  316 euros/mes  si “nos conformamos” con el grupo profesional de PEON, aún realizando las tareas de oficial, y por el contrario, si reclamásemos además que nos pagasen conforme a las funciones que realmente se realizan, la diferencia salarial es de  616 euros /mes.

 

Además, este hipotético trabajador podría reclamar intereses de mora por deuda salarial por cada mes de retraso hasta el tope legal del 10% anual.

 

Probar que las funciones de trabajo que se realizan son distintas a las que pone en tu contrato cada vez es más fácil con el uso de las nuevas tecnologías (grabaciones, fotos, whatssaps, mails..etc).

 

Ahora ponte a sumar a estas cantidades lo que el empresario le debe a la Seguridad Social por tu cotización real (que revertirá en tu desempleo y jubilación) multiplicado por todos los meses en que esta situación se mantenga.

 

¿SORPRENDIDO? Sabemos que sí.  Cuando asesoramos a los trabajadores que acuden a nuestro despacho se suelen quedar boquiabiertos cuando  ven la cantidad que  pueden reclamar a la empresa. La realidad es que estas situaciones están a la orden del día y que las reclamaciones de cantidad son relativamente fáciles de ganar.

 

Así que desde nuestra humilde posición pero con la más firme de las convicciones os aconsejamos que estéis atentos y os prevengáis, además de que os informéis siempre con un experto.

 

El conocimiento es la herramienta más poderosa de negociación. Nos vemos en la próxima entrada. Comparte si te gusta.

 

DESMONTANDO TU SALARIO, ¿CONOCES TU NÓMINA?
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5 COMENTARIOS

  1. Pedro
    mayo 31, 2016 14:07

    Gracias por la respuesta, os mando con el formular que lo teneis en la parte derecha y revisar mi nomina ? Estoy casi al 100% que la nomina no es correcta, empezando con mi salario base y todo lo que viene detras de esto.
    Gracias, aprecio tu trabajo !

  2. Segura Belmonte Asesores
    mayo 31, 2016 00:26

    Por lo que cuenta le calculan mal la nómina. Póngase en contacto con nosotros para que se la revisemos.

  3. Segura Belmonte Asesores
    mayo 31, 2016 00:25

    Por lo que cuenta le calculan mal la nómina. Póngase en contacto con nosotros para que se la revisemos.

  4. Pedro
    mayo 28, 2016 00:43

    Porque todos los articulos no tienen la posibilidad de comentar ?

  5. Pedro
    mayo 28, 2016 00:13

    Hola, he descubierto este blog leyendo respuestas en «todoexpertos.com».

    Ahora bien, leyendo muy rapido observo dices que «El plus de transporte tiene la consideración de percepción NO salarial. Por tanto no forma parte de la estructura salarial ni se tiene en cuenta, por el mismo motivo, para el cálculo del despido o para la base de cotización a la Seguridad Social (a partir de la cual se calcula, entre otras cosas, el desempleo o la jubilación).»

    Yo, mirando mis nominas, veo que el «plus transporte» (que por cierto no es el correcto, es mas pequeño) esta puesto junto con los otros conceptos (salario base, gratificaciones prorrateada) y me da la base reguladora total, es decir «Base S.S.», «Base A.T. y DES.», «Base IRPF», «T.Devengado» que todos estos son iguales, menos «T. a Deducir» que es mas pequeño despues de restar «cotizacion cont. comun», «cotizacion formacion», «Cotizacion desempleo», «I.R.P.F».
    Es correcto asi ?

    Tambien el sueldo base no es el correcto, es por debajo del minimo por el Convenio y entonce la nomina entera es mal echa, pero la empresa figura con un codigo CNAE erroneo, es decir tiene otro que es parecido a la que se dedica la empresa, esto influira a la hora de pedir en justicia que se me paga el sueldo correcto para los ultimos 12 meses ?
    Gracias.

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