¿Cuál sería mi salario durante vacaciones?

Suele pasar que llega el momento en que miras cuando te han pagado durante las vacaciones y te llevas una sorpresa en cuanto a las retribución. O que directamente no sepas cual es tu salario correcto durante las mismas.

 

Para ello te presento esta entrada dónde sabrás que cantidades te corresponden y cuáles no durante vacaciones, a fin de que puedas comparar si te están pagando correctamente.

 

Las retribuciones durante vacaciones serán por lo general tu salario normal. Si bien existen algunos complementos que no se incluirán.

 

¿Qué salario se incluye?

 

1) Salario base, plus de convenio y mejora voluntaria (a veces se suelen llamar complemento absorbible o compensable).
 
2) Complementos salariales personales: antigüedad, de conocimientos especiales (idiomas, títulos…).
 
3) Plus de nocturnidad.
 
4) Salario variable: aquí entrarían las comisiones, los incentivos, las primas por venta, etc. Te tienen que pagar un promedio de este salario variable. En los convenios colectivos viene reflejado generalmente como «se pagará el promedio de los últimos 6 meses de comisiones».
 
5) Horas complementarias en contratos a tiempo parcial, que son aquellas horas de más que se pactan en este tipo de contratos. En nuestra opinión, te deberán abonar el importe de las horas medias reales (las horas del contrato más las complementarias). Por ejemplo, si tu contrato es de 80 horas mensuales pero trabajaste una media de 110 horas sumando las horas complementarias en lo que llevas de año, deberás cobrar el importe de las 110 horas durante el mes de vacaciones.
 
6) Parte proporcional de las pagas extras, si te las pagan prorrateadas.

 

¿Qué cantidades se excluyen?

 
1) Horas extraordinarias realizadas.
 
2) Indemnizaciones por gastos relacionados con el trabajo:

     

  • dietas de viaje
  • gastos de locomoción
  • prendas de trabajo
  • plus de distancia, de transporte y equivalentes
  • compensación por gastos de traslado
  • quebranto de moneda

 

3) Indemnizaciones por traslado, suspensiones de contrato o lesiones.
 
4) Propinas.

 

Cabe decir que algunos de estos conceptos que se excluyen, lo serán a condición de que te estén retribuyendo correctamente en tu nómina. Es decir, y poniendo un ejemplo, si las dietas o gastos en locomoción del coche que te dan realmente fuesen parte de tu salario pero la empresa lo utilizase de manera fraudulenta para no cotizar a la seguridad social sí que entrarían dentro del salario a pagarte durante vacaciones.

 

Espero que te sirva esta entrada para comprobar que te estén pagando correctamente durante los días de vacaciones. Recuerda que habrá partidas que si se incluyen y otras que no. Aunque algunas de las que no se incluyan tendrás que asegurarte de que te la estén pagando correctamente.

 

Si te gusta comparte. Nos vemos en otra entrada.

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