¿Me pueden despedir por reclamar?

Si te despiden como consecuencia de haber presentado una demanda, papeleta de conciliación o reclamación previa, ganada o perdida, puedes interponer una demanda por despido nulo pidiendo tu readmisión, pues si el juez te da la razón se considera que ha sido un despido con violación de derechos fundamentales.

 

En este caso tendrías que presentar como indicio la copia de la demanda anterior y entonces tendrá que ser la empresa quién demuestre que no te despidió como consecuencia de la reclamación que contra ella hiciste.

 

En esto anterior, el concepto clave se llama garantía de indemnidad: este significa que si un trabajador presenta una denuncia en la Inspección de Trabajo, o realiza reclamaciones judiciales o extrajudiciales, el empresario no podrá despedirlo, ni sancionarlo, ni tomar medidas contra él, so pena, en caso de hacerlo, de ser condenado a la nulidad. Osea, es la protección que tiene el trabajador frente a las represalias del empresario, cuando el trabajador ha ejercitado acciones judiciales o extrajudiciales contra él. Este es un derecho fundamental consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española.

 

De esta forma, cuando el trabajador está ejerciendo acciones contra la empresa, además de luchar por los derechos que por Ley le corresponden, de alguna forma también se está blindado contra el despido (no al 100% pero casi).

 

¿Qué supone reconocer el despido nulo?

 

Cuando se declara nulo un despido, se obliga a la empresa a readmitir al trabajador abonando los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, hasta la readmisión del trabajador. Con el despido nulo se evita que el empresario pueda pagar la indemnización por despido improcedente y quitarse de en medio al trabajador.

 

Es fundamental que la empresa tenga conocimiento de las acciones que estés ejercitando, ya que si no tiene conocimiento no podrás demandar por despido nulo por tutela de derechos fundamentales.

 

La tramitación de estos procesos tendrá carácter urgente, siendo preferente respecto de todos los que se sigan en el juzgado o tribunal. Los recursos que se interpongan se resolverán por el Tribunal con igual preferencia.

 

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